Hace mucho tiempo que me pregunto para qué metemos a la gente a la cárcel, por qué sacamos partes, ponemos multas, arraigos, reclusiones nocturnas, firmas mensuales.

Con la fórmula de indulto que la conferencia episcopal chilena ha propuesto al presidente Piñera, me ha surgido de nuevo esta pregunta, que finalmente es la pregunta por el objetivo de “lo penal“. También surgen ideas encontradas respecto de lo que entendemos por perdón y sus alcances, y la posibilidad de indultar a alguien de su pena como consecuencia del perdón.

Se me ocurren 4 posibilidades frente al objetivo de lo penal:

1. Reparación del daño: Se pena al que delinque tanto cuanto daño ha hecho, con el objeto de que lo repare. En el caso de que su daño sea irreversible (por ejemplo en el caso de un homicidio), se le pena pues de un modo que resulte “moralmente reparador” para la sociedad en su conjunto. Cuestión sospechosamente parecida a una venganza institucional.

2. Castigo ejemplar: La pena es proporcional a la gravedad del daño, de manera que sea visto como un estímulo negativo para que otros o el mismo sujeto tengan intenciones de repetir el delito.

3. La protección de los ciudadanos: Es decir, se presiona a quien delinque para que cese en la actitud que arriesga la libertad de los otros miembros de la sociedad. Dependiendo de la gravedad, inminencia de reincidir o irreversibilidad, se le priva completamente de libertad por el tiempo en que pareciera ser susceptible de reincidencia. Transcurrido ese tiempo y eventualmente la rehabilitación, se le concede libertad gradual o total.

4. Responsabilización y rehabilitación: La pena en cualquiera de sus formas e incluso la privación de libertad, constituirían aquí un mecanismo eficaz para que el que ha delinquido reciba instrucción social o moral y asumiendo las consecuencias de su falta, internalice la idea de no repetir jamás el acto delictual.

Lo terrible es que ninguna de estas cosas suena bien, unas porque son aberrantes, otras porque son imposibles en la configuración que hoy tiene el sistema. Siempre me ha parecido rara la figura de lo penal como un castigo, como si la sociedad tratara de tomar venganza racional e institucional. También me parece extraña la idea de “protegernos de ellos”, pero comprendo que debe existir un sistema de responsabilización social, una consecuencia negativa de cometer un delito grande o pequeño.

Ciertamente no con las cárceles de mierda que hoy tenemos, ni con una justicia sobrepasada que investiga muchísimo menos de lo necesario para establecer los hechos con seguridad, ciertamente no con las escasas posibilidades de rehabilitación y reinserción laboral. Es necesario un sistema en que lo penal tenga la fuerza de responsabilizar con justicia a los que cometen faltas, castigando la falta sin cercenar a las personas mismas.

Cuando uno piensa en el perdón y en las posibilidades de indulto que nuestra iglesia ha planteado a las puertas de celebrar el bicentenario de Chile, el sistema de justicia entero hace crisis. Porque no es posible que en un Estado con sus poderes separados el presidente tenga mayor poder que el máximo tribunal judicial ni siquiera en contadas excepciones; me parece impresentable la figura de un indulto especial, que pareciera reconocer sin pudor las imperfecciones de un sistema de justicia inhumano; me parece atroz que en el caso de un indultado, genuinamente acogido en perdón, la sociedad entera quede con sensación de impunidad y de no responsabilización por un delito grave.

El perdón supone, por la dignidad del perdonado, dos cosas:
1. que sea absoluto y gratuito.
2. que no le impida hacerse responsable de las consecuencias que tuvo su falta.

Si el perdón significa eximir a un condenado de su pena, es un síntoma triste de que nuestra justicia no está a la altura del mejor estándar de humanidad, y que nuestro perdón es autoritario e indigno para quien lo recibe.
Mejor que para este bicentenario trabajemos por una justicia de verdad, no por hitos cosméticos.